En un alarde de talante y tolerancia, a ZP se le ha ocurrido que con llamar discapacitado a los disminuidos ya están solucionadas todas sus penas.
Esto es una forma de parecer como que se hace algo pero sin hacer nada. Es más, el nuevo término de discapacitado es a todas luces mucho más discriminatorio. Disminuido alude a una cierta capacidad poseída en un grado menor a lo normal, pero discapacitado implica una falta de capacidad. No es lo mismo no llegar al 100% que ser incapaz. Pero bueno, seguro que a los votantes cencerriles del PSOE esta medida les basta y les permite dormir tranquilos pensando que el gobierno se encarga de sus discapacitados.

Hoy me han dicho: ¡¡Vamos a ver,la palabra "discapacitado" significa "no capaz""no capacitado"!!!.
EL significado de "disminuido" NO significa no capaz,puede ser una persona con una disminución de sus capacidades psíquicas y físcas,pero capaz de realizar actividades pero con una merma de su capacidad(laboral,mental).
Entonces he revisado el Diccionario de la RAE, la palabra DISCAPACITADO:"Que tiene impedida o entorpecida alguna de las actividades cotidianas consideradas normales, por alteración de sus funciones intelectuales o físicas".
DISMINUIDO:"Que ha perdido fuerzas o aptitudes, o las posee en grado menor a lo normal".
¿Por qué quieren cambiar esa dichosa palabra en la Constitución?.
Que alguien me lo explique........
No es por nada pero parece que la palabra discapacitado define mejor la situación.
No hay que ser votante cerrimo de nada, si no simplemente hacerlo a quien para ti lo este haciendo bien. A mi me gusta como lo esta haciendo Zp, y estoy contenta de haberle votado. También voté a Aznar en su última candidatura y me arrepiento muchisimo. Ahora que si fueran a salir elegidos uno que lo tiene bien claro es LLamazares, que tio! Pero como aqui o es PP o es PSOE no hay mucho que hacer.
Para las personas con discapacidad el tema no es secundario. Discapacidad no es lo mismo que incapacidad. Implica unas capacidades no menores, sino diferentes. En todo caso, son los discapacitados quienes tendrían que definir el término.
Si el tema te resulta irrelevante, no entiendo que le dediques un post. Salvo que seas incapaz de despegarte de tu obsesión por el presidente del gobierno de España.
Veo que no has entendido mi post y también deduzco que eres de los cencerriles que se da satisfecho por este maquillaje lingüístico.
Además de criticar el nuevo término, critico que esta medida no sirve para nada, y que se debería de preocupar de lo verdaderamente importante y dejarse de chorradas. Lo que pasa para con los votantes que tiene, con u maquillaje de estos le basta para parecer que ha hecho algo.
Discapacitado: persona que tiene una deficiencia psíquica o física que la limita para la realización de ciertas actividades.
Disminuído: persona que no tiene completas sus facultades física o psíquicas.
Mi diccionario define así ambos términos.
A lo largo de los años se ha ido cambiando periódicamente la terminología para definir a las personas afectadas por estas características, siempre intentando soslayar un posible sentido peyorativo.
Lo que me choca es que al Sr. Rodríguez le preocupen tanto estas palabras y tan poco otras como nación, patria...¿En qué quedamos?
Para mi esta cuestión es absurda: Disminuido, discapacitado, minusválido, invalido… todas ellas son términos que definen a una persona que tienen limitaciones, físicas o mentales, que el impiden hacer lo que otra persona que no las tiene. Entonces es una discusión, para llenar periódicos, informativos televisivos y radiofónicos, blog…
En cualquier caso, no es una iniciativa del gobierno, sino que ha sido una petición de los colectivos que agrupan a las personas que se pueden incluir dentro de estas definiciones. Por lo que no tiene sentido descalificar o criticar al gobierno por esto, ya que no es una cuestión que haya propuesto este.
Personalmente me quedo con la definición “clásica”, y que es la que internamente usa la Seguridad Social:
Invalido: cuando las deficiencias o limitaciones, impiden el desarrollo de una activad laboral, ya sea por causas sobrevenidas, accidente, o bien por enfermedad, sobre un trabajador en activo, o que lo ha estado y reúne las cotizaciones necesarias para percibir una pensión.
Minusválido: deficiencias o limitaciones que presenta una persona, al nivel físico o psíquico, en relación con una persona considerada “normal”, y que no tienen porque impedirle del desarrollo de una actividad laboral, y que no llevan aparejada una pensión, sino una declaración de minusvalía, a efectos de ayudas la contratación, de servicios sociales, etc. Y que únicamente cuando sobre pasa el 65% de minusvalía, puede tener derecho a una pensión de invalidez no contributiva, siempre que no se tenga derecho a una contributiva.
Lo demás, es hacerse metafísicaspajasmentales con si un palabro u otro palabro.
Un Saludo desde Murcia
no sean asi de jotos con el